sábado, 7 de abril de 2012

LA PRESIDENCIA DE RIVADAVIA


LA LEY DE CAPITALIZACIÓN

El 7 de febrero se realiza la elección y sobre 38 diputados 35 eligen presidente a Bernardino Rivadavia.
Al día siugiente asume el mando y nombra a sus ministros: de Gobierno, Julián Segundo de Aguero; de Relaciones Exteriores, Francisco Fernández de la Cruz; de Guerra y de Marina, Carlos María de Alvear y de Hacienda, Salvador María del Carril.
En el discurso de toma de posesión, Rivadavia anuncia ya la destrucción de la provincia de Buenos Aires al decir: " que el presidente necesita con urgencia una capital donde asentar su poder y tener los recursos propios, y detentar también los elementos de fuerza para poder sostener ese poder.
En seguida presentó un proyecto de ley que el Congreso sancionó el 4 de marzo de 1826 por 25 votos contra 14.
Dice la ley:
-La ciudad de Buenos Aires es la Capital del Estado.
-La capital con el territorio que abajo se señalará, queda bajo la inmediata y exclusiva dirección de la Legislatura Nacional y del Presidente de la República.
-Todos los establecimientos de la Capital son nacionales.
-Corresponde a la Capital del Estdo todo el territorio que se comprende entre el puerto de Las Conchas y el de la Ensenada; y entre el Río de la Plata y el de las Conchas, hasta el puente llamado de Márquez, y desde éste tirando una línea paralela al Río de Plata, hasta dar con el de Santiago.
-En el resto del territorio perteneciente a la Provincia de Buenos Aires se organizará por ley especial una Provincia (Después se habló de dos, la del Paraná con capital en San Nicolás, y la del Salado con capital en Chascomús.
-Entre tanto, dicho territorio queda también bajo la dirección de las autoridades nacionales-
Enterado Las Heras de la sanción de esta ley, presenta su renuncia avergonzado del agravio que a las instituciones se estaba dando con la sanción de la ley de Capitalización, que además era violatoria de la Ley Fundamental.
Ante la renuncia de Las Heras, el presidente de la República decreta disuelta la Legislatura de Buenos Aires por no existir la provincia de Buenos Aires.
Con la ley de Capitalización se destruyen las instituciones provinciales garantizadas por la ley Fundamental.

LAS REALIZACIONES ECONÓMICO-FINANCIERAS

Durante el gobierno de Martín Rodríguez, Rivadavia había dictado un decreto para promover la formación de una sociedad en Inglaterra destinada a explotar las minas de oro y plata que existían en el territorio de las provincias Unidas

Con este fin en junio de 1825 marcha a Inglaterra donde interesa a la Casa Hullet constituyéndose de esa manera la "Asociación minera del Río de la Plata", cuyo presidente fue el propio Rivadavia

En julio llegan a Buenos Aires los ingenieros y obreros especializados en minas para trabajar en Famatina, pero se encuentran con el grave problema de que esas minas ya están siendo explotadas por sociedades locales legalmente constituídas y reconocidas. Por otra parte Las HERAS negó a intervenir por impedírselo la Ley Fundamental que reconocía las autonomías provinciales.
En octubre regresa Rivadavia y trata de solucionar el problema con el establecimiento de un gobierno nacional que desconocería la personería de esas sociedades locales y anularía la Ley Fundamental.
En efecto, así lo hace al tener todo el poder de la nación en sus manos.

EL BANCO NACIONAL

El Banco de Descuentos creado en 1822 anunciaba la quiebra por carecer de metálico que respaldara la emisión de papel moneda. Debió ir al curso forzoso decretando el gobierno la inconvertibilidad de sus billetes
El gobierno contribuyó con los millones del empréstito y el 26 de enero de 1826 quedo
aprobada la ley de Banco Nacional que puso el dinero al servicio del banco.
Se creó así una nueva entidad, el Banco Nacional de las Provincias Unidas del Río de la Plata con un capital de 10 millones de pesos aportados de la siguiente forma: 3 millones colocados por el gobierno, 1 millón aportado por el desaparecido Banco de Descuentos y 6 millones entregados por accionistas particulares.
Demás está decir que no llegó a reunirse ese capital. Sólo se contó con los 3 millones provenientes del empréstito de la Baring Brothers.

El manejo del banco no quedó en manos del Estado sono de los accionistas particulares.
El gobierno debía realizar la elección del presidente y directores.
El banco emitió billetes que carecieron de respaldo por contar con poco metálico. Podía acuñar moneda y tenía el monopolio del cRédito.
Debemos recordar que siendo ministro de Rodríguez, Rivadavia había garantizado el pago de la deuda interna y externa con la creación del sistema enfiteútico.
Consistía en arrendar la tierra a los particulares mediante el pago de un canon que aumentaría las arcas fiscales.
El 18 de mayo de 1826 fue dictada la LEY DE ENFITEUSIS que consideraba toda "la tierra pública" de la nación.
En síntesis la ley establece:
-Las tierras de propiedad pública se darán en enfiteusis, cuando menos, durante el término de 20 años, que empezarán a contarse desde el 1 de enero de 1827
- En los primeros diez años, el que la reciba en esta forma pagará la renta o canon correspondiente a un 8% anual sobre el valor que se considere a dichas tierras, si so de pastoreo, o a un 4 % si son aptas para la agricultura.
-El valor de las tierras será graduado por un jurado de cinco propietarios de los más cercanos al terreno.
-Los períodos de pago serán acordados por el Gobierno
-Al cabo de los diez año, la Legislatura Nacional reglará el canon que ha de pagar el enfiteuta en los años siguientes sobre el nuevo valor del terreno.
No era una ley de colonización sino de recaudación de impuestos con el objeto de obtener utilidades de las tierras hipotecadas.

Ocón, Jorge Augusto. Historia Argentina. Buenos Aires.Ediciones Coliseo.1974


Actividad

1-analizar según modelo de análisis de lectura.